Descripción
Cerro Tortuga–Las Flores es un bloque que integra la concesión Cerro Dragón, operada por PAE, en el que la empresa comprometió una inversión de USD 20,47 millones para evaluar el potencial de hidrocarburos no convencionales de la Formación D-129. El programa exploratorio contempla la perforación inicial de un pozo vertical profundo destinado a obtener información geomecánica del reservorio. A partir de los resultados de estos estudios, se prevé avanzar con una rama lateral de aproximadamente 3.000 metros, que incluiría 50 etapas de fractura hidráulica, con el objetivo de evaluar la productividad del reservorio. El área es, además, una de las tres integrantes de Cerro Dragón cuya concesión fue reconvertida al régimen de Concesión de Explotación No Convencional de Hidrocarburos (CENCH) mediante el Decreto N.º 340.
Fuente consultada
Identificación
- Yacimiento
- Cerro Tortuga - Las Flores
- Consorcio
- BP/Bridas
- Tipo
- Onshore
- Subsector
- Convencional
- Estado
- Explotación
Origen del capital
- Origen capital (país)
- Argentina
- Estatal o privado
- Privado
- Nacional
Pueblos Indígenas afectados
- Pueblo Indígena
- Mapuche / Mapuche Tehuelche
- Referencia
- Mapuche Mapuche Tehuelche
Regulación provincial
La actividad hidrocarburífera en Chubut se encuentra regulada principalmente por la Ley XVII N° 102 (Hidrocarburos), modificada por la Ley XVII N° 154/2024, que establece el dominio provincial sobre los yacimientos y regula su exploración, explotación y adjudicación. La normativa se complementa con el Decreto 91/2013 y otras disposiciones vinculadas a la promoción de la actividad. En el caso específico de Pampa del Castillo–La Guitarra, la concesión se rige por los Decretos 318/18 y 512/18 y fue transferida a Capex; el Decreto 556/2024 establece su vencimiento el 1 de noviembre de 2046, mientras que la Resolución CONC. 1649 autorizó la operación de concentración económica vinculada con la adquisición del área. Asimismo, el Decreto 33/2022 incorpora proyectos de recuperación terciaria al régimen de fomento y permite, en determinados casos, reducir las regalías al 6% sobre la producción incremental.
En materia ambiental, resulta aplicable la Ley XI N° 35 (Código Ambiental de Chubut), junto con el Decreto 185/09, que establece el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y audiencia pública. La regulación se complementa con los Decretos 1003/16 y 1005/16 sobre residuos petroleros, el Decreto 1540/16 sobre protección de aguas y aire y vertidos, el Decreto 1151/15 sobre incidentes ambientales y la Resolución 58/2024 sobre emisiones de metano del sector hidrocarburífero. En materia hídrica, son aplicables la Ley XVII N° 53 (Código de Aguas), la Ley XVII N° 88 (Política Hídrica Provincial) y el Decreto 1567/09, que establece el Registro Hidrogeológico Provincial.
Financiamiento
Esta empresa cuenta con un mix de financiamiento para financiar planes de inversión, adquisición de activos para refinación, capital de trabajo o repago de deuda de corto plazo. Aunque no se logra diferencia por yacimiento. En este sentido, se destaca que a 2025, la principal fuente de financiamiento eran flujos propios (por casi el 65%) mientras que el restante 35% estaba conformado por deudas financieras (Oblogaciones Negociables y préstamos bancarios). Asimismo, Pan American Energy S.L. garantiza la totalidad de la deuda internacional (USD 640 millones en ON y USD 250 millones en préstamos) y el nuevo crédito sindicado de 2025. En 2025, la empresa emitió ON locales por USD 446,4 millones y firmó un préstamo sindicado con ICBC y Bank of China por USD 250 millones (ampliables a USD 300 millones) con vencimiento en 2030. Los préstamos bancarios ascienden a USD 2.039 millones. Esta cifra representa aproximadamente el 48,8% de la deuda financiera total de la sucursal argentina, la cual suma USD 4.173 millones. www.fixscr.com
Riesgos socio-ambientales
Los yacimientos analizados en la Cuenca del Golfo San Jorge comparten un conjunto de riesgos ambientales y sociales que, en gran medida, responden a características estructurales propias de la región y del tipo de explotación hidrocarburífera desarrollada. En este sentido, dichos riesgos no son exclusivos de un operador en particular, sino que resultan inherentes a la producción convencional onshore en campos maduros, lo que permite considerarlos como riesgos a nivel de cuenca.
Desde el punto de vista ambiental, uno de los principales riesgos está asociado a la posible contaminación de suelos y aguas subterráneas, derivada de derrames de hidrocarburos, fallas en la integridad de los pozos o deficiencias en la gestión de efluentes. Este riesgo se ve acentuado en campos maduros, donde la infraestructura presenta mayores niveles de desgaste y requiere intervenciones constantes. Asimismo, la gestión de pasivos ambientales —incluyendo pozos abandonados o instalaciones en desuso— constituye un desafío relevante en términos de remediación y monitoreo a largo plazo.
Otro aspecto significativo es el de las emisiones atmosféricas, en particular la liberación de metano y otros gases de efecto invernadero asociados a la operación de los yacimientos. Si bien se trata de desarrollos convencionales, las ineficiencias operativas en campos maduros pueden incrementar la huella de carbono, especialmente en contextos de baja inversión. A ello se suma el impacto sobre el suelo y la biodiversidad, vinculado a la ocupación territorial, la fragmentación del hábitat y la presencia de infraestructura dispersa.
Fuentes consultadas