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Chihuido de la Sierra Negra

YPF S.A.

Mixto (convencional y No Convencional)OnshoreNeuquinaNeuquénRincón de los SaucesExplotación

3.498

(US$ MM)

11000

Empleo total (empresa)

Explotación

Estado

Acumulado 2013-2024, según declaraciones de las empresas.

En esta página (10)

Descripción

El yacimiento Chihuido de la Sierra Negra es un yacimiento histórico petrolero convencional operado por YPF en la provincia de Neuquén. En los 80’ y 90’ este campo formó parte del desarrollo petrolero de la zona de Rincón de los Sauces, siendo de los mayores pulmones productivos de la empresa. En la actualidad, la empresa petrolera nacional se encuentra en negociaciones con el Ministerio de Energía de Neuquén para el abandono de hasta 2000 pozos petroleros que atraviesan desde hace años una etapa de marcada declinación productiva, así como también, el desmantelamiento de múltiples instalaciones de superficies. Este yacimiento no pudo ser incorporado al Proyecto Andes, la iniciativa con la que YPF transfirió más de 50 áreas convencionales en distintas provincias, debido a sus pasivos ambientales y los altos costos productivos. En función de ello, la empresa estatal prevé revertir a la provincias esas áreas, cuya concesión expira en 2027. Para ello, es condición necesaria que el gobierno provincial de Neuquén termine de cerrar, junto con YPF, un plan de remediación de pasivos y abandono de pozos.

Fuente consultada

Identificación

Yacimiento
Chihuido de la Sierra Negra
Consorcio
Convencionales: Pecom 50%, Aconcagua Energy 50% // Narambuena: YPF SA 50%, Chevron 50%
Tipo
Onshore
Subsector
Mixto (convencional y No Convencional)
Estado
Explotación

Origen del capital

Origen capital (país)
Argentina
Estatal o privado
Estatal
Nacional

Pueblos Indígenas afectados

Pueblo Indígena
Tehuelche
Referencia
Tehuelche

Regulación provincial

El marco hidrocarburífero de Neuquén establece que los yacimientos de hidrocarburos pertenecen al patrimonio provincial y que el Poder Ejecutivo tiene facultades sobre el otorgamiento de permisos y concesiones. La Ley Provincial 2453/04 regula la exploración, explotación, transporte e industrialización de hidrocarburos, estableciendo los principales regímenes de permisos y concesiones, sus plazos, obligaciones de inversión, cánones y una regalía general del 12% sobre la producción en boca de pozo, reducible en determinados casos. La aplicación de este régimen corresponde a la autoridad provincial competente en materia energética. El Decreto 2183/2021 reafirma estas competencias y establece al Ministerio de Energía y Recursos Naturales como autoridad de aplicación y fiscalización de la actividad.

En materia de emisiones atmosféricas, la Ley 2175/96 establece límites para las emisiones de gases de la actividad hidrocarburífera, obligaciones de declaración y un régimen de tasas y sanciones por contaminación. El Decreto 29/2001 reglamenta esta ley y establece requisitos técnicos de medición y registro de los gases emitidos, así como excepciones específicas y transitorias al venteo cuando existan razones técnicas o económicas debidamente justificadas. Los operadores deben contar con sistemas de medición y conservar los registros a disposición de la autoridad de aplicación.

Para la explotación de reservorios no convencionales, el Decreto 1483/2012, incorporado a la reglamentación de la Ley Ambiental 1875, establece requisitos específicos para prevenir y mitigar impactos ambientales asociados a la estimulación hidráulica. Exige una licencia ambiental previa y documentación sobre el uso y tratamiento de los fluidos de estimulación y del agua de retorno (flowback). Asimismo, restringe el uso de aguas subterráneas aptas para consumo o riego, prohíbe el vertido o almacenamiento a cielo abierto del flowback, exige su tratamiento y establece medidas para reducir impactos sobre el suelo, el agua, el ruido y el uso del territorio. Los operadores también deben realizar controles fisicoquímicos del agua de retorno y presentar periódicamente su planificación de perforaciones.

Financiamiento

La estructura de la deuda financiera de YPF está integrada por los siguientes instrumentos: Obligaciones Negociables (ON): Constituyen la fuente principal, representando aproximadamente el 78% de la deuda financiera total. Al cierre de 2025, el valor en libros de las ON en moneda extranjera era de $13.098.347 millones de pesos (sumando porción corriente y no corriente). Préstamos Bancarios y otras financiaciones: Representan cerca del 21% del total. Incluyen préstamos financieros, prefinanciaciones de exportaciones y financiaciones de importaciones. Otros instrumentos: El remanente se compone de pagarés bursátiles y adelantos en cuenta corriente. En términos de moneda, el 98,7% de la deuda está denominada en dólares estadounidenses. La tasa de interés promedio ponderada de esta deuda se sitúa en un 6,7%.

Disponibilidad de los estudios de impacto ambiental

Si

Fuente consultada

Riesgos socio-ambientales

La explotación no convencional de hidrocarburos en Vaca Muerta mediante fractura hidráulica (fracking) presenta diversos riesgos socioambientales asociados al elevado consumo de agua, la integridad de los pozos, la gestión de residuos y sustancias químicas y la transformación del territorio. Entre los principales impactos potenciales se encuentran la presión sobre los recursos hídricos y el riesgo de contaminación de aguas superficiales y subterráneas por derrames, fallas en la integridad de los pozos o una gestión inadecuada del *flowback* y del agua de producción. La actividad también genera grandes volúmenes de lodos y recortes de perforación que requieren tratamiento y disposición adecuados. A ello se suman emisiones atmosféricas y de gases de efecto invernadero, remoción de vegetación, compactación y erosión de suelos y una creciente ocupación territorial asociada a pozos, caminos, ductos e infraestructura de apoyo. Asimismo, la inyección de fluidos y la disposición de aguas residuales pueden contribuir a la ocurrencia de sismicidad inducida, fenómeno que ha adquirido particular relevancia en localidades como Sauzal Bonito.

En el plano social, la expansión de Vaca Muerta ha generado tensiones vinculadas con el uso y ocupación del territorio, particularmente en áreas donde existen comunidades mapuches y otros actores locales, en el marco de reclamos por la realización de procesos de consulta previa, libre e informada. También se han señalado posibles efectos sobre la salud de las poblaciones expuestas a emisiones, sustancias químicas y contaminación ambiental, aunque la falta de estudios epidemiológicos sistemáticos limita la posibilidad de establecer relaciones causales y dimensionar estos impactos con precisión. El rápido crecimiento de la actividad hidrocarburífera ha ejercido, además, presión sobre las economías y los servicios locales: en localidades como Añelo se registran aumentos del costo de vida, déficit habitacional y sobrecarga de los sistemas de salud, educación, agua y saneamiento, junto con un fuerte incremento del tránsito pesado y el consecuente deterioro de rutas e infraestructura. Estos procesos pueden profundizar las desigualdades entre trabajadores vinculados al sector y el resto de la población local y generar nuevas situaciones de conflictividad territorial y social.

Fuente consultada

Litigios preexistentes

Fallo histórico sobre la Cuenca Neuquina (ASSUPA):

La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda ambiental contra empresas que operan en la formación Vaca Muerta, al considerar que durante más de dos décadas de trámite judicial no se acreditó la existencia de un daño ambiental concreto. La causa había sido iniciada en 2003 por parte de la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (Assupa) contra las empresas petroleras YPF, Pampa Energía, Chevron, Pluspetrol, TotalEnergies, Pan American Energy y Vista Energy. También participaron como terceros el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

Assupa reclamaba que las empresas realizaban tareas de recomposición ambiental por presuntos daños sobre suelos, aguas superficiales y subterráneas y el aire, además de restaurar áreas afectadas por la actividad hidrocarburífera y constituir un fondo de restauración ambiental previsto en la Ley General de Ambiente.

La sentencia señalo que la ONG formuló cuestionamientos genéricos contra la actividad hidrocarburífera “en cualquiera de sus formas”, sin determinar qué zonas específicas habrían sido afectadas ni cómo se habría producido la contaminación. Los jueces remarcaron además que, a lo largo del proceso, la Corte había advertido en reiteradas ocasiones sobre la “vaguedad e imprecisión” de la demanda.

En junio de 2014, en medio de tensiones políticas entre el entonces gobernador de Mendoza, Francisco Pérez, y la conducción de YPF, el Estado provincial decidió quitarle a la alianza operadora el 50% del área petrolera de Chachahuén. La explotación del bloque se encontraba en manos de YPF en sociedad con firmas vinculadas al Grupo Vila Manzano. Sin embargo, la provincia aplicó una reversión de la mitad del yacimiento bajo el argumento de incumplimientos o facultades de dominio provincial sobre áreas explotadas sin explotar por completo en los plazos estipulados.

En febrero de 2025, la Corte Suprema de Justicia convalidó la orden contra YPF de pagar más de $55 millones en concepto de regalías por hidrocarburo a la provincia de Neuquén. El caso se inició por un debate sobre si el gas extraído en un yacimiento, y con el cual se produjo energía eléctrica con una central dentro del yacimiento, está gravada con regalías cuando no se consume para la operación de ese establecimiento, sino que es inyectada en el Mercado Eléctrico Mayorista para que YPF la “tome en otro nodo” para su uso en otro yacimiento propio. Frente a esto, Neuquén consideró que ese gas debe pagar regalías, y por lo tanto, inició acciones legales.

Conflictos socioambientales

En agosto de 2013, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Neuquén ordenó la clausura total del yacimiento Chihuido de la Sierra Negra luego del derrame de 70 mil litros de petróleo y agua que se produjo. El yacimiento incluye a 230 pozos petroleros, nueve baterías y al oleoducto troncal sur de YPF, cuya rotura produjo un derrame que afectó a 4.600 metros cuadrados de terreno. Por su parte, diputados del Movimiento Popular Neuquino (MPN) presentaron un pedido de informes para que el Ejecutivo provincial explique las causas del derrame y llevar tranquilidad a la población.

En febrero de 2022, la comunidad mapuche realizó seis bloqueos simultáneos a yacimientos petroleros de Vaca Muerta en reclamo de la realización del relevamiento territorial. Las medidas se realizaron en las zonas de Añelo y Rincón de los Sauces, afectando a los yacimientos Fortín de Piedra, Loma La Lata, La Calera y Chihuido de la Sierra Negra. Por su parte, desde la Confederación Mapuche explicaron que bajo estas medida se buscaba llamar la atención de la sociedad, de la industria hidrocarburífera, de las autoridades judiciales y en especial un llamado al gobierno de Neuquén ante el incumplimiento de lo comprometido en el Convenio firmado en octubre de 2021 entre autoridades de la provincia y de Nación para poner en marcha la ejecución del relevamiento. Para la comunidad el relevamiento territorial es un principio de solución para los numerosos conflictos territoriales que el permanente actuar ilegal del gobierno provincial ha causado en la entrega de títulos y concesiones en territorio mapuche.