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La Escalonada

YPF S.A.

ConvencionalOnshoreNeuquinaNeuquénAñeloExplotación

171

(US$ MM)

Explotación

Estado

Acumulado 2013-2024, según declaraciones de las empresas.

En esta página (8)

Descripción

La Escalonada es un bloque productor que en agosto de 2025, la compañía francesa Total Energies (Total Austral) vendió el 100% de su participación y la operación del bloque La Escalonada a YPF por un valor de USD 500 millones. Esta venta formó parte de una estrategia táctica de Total para concentrarse exclusivamente en sus mega-activos de gas en la Cuenca Neuquina y sus desarrollos offshore en Tierra de Fuego. Este es un bloque productor de crudo de primera clase que le permitiría a YPF aumentar la producción y generar sinergias para potenciar el desarrollo del Hub Norte de Vaca Muerta.

Identificación

Yacimiento
La Escalonada
Consorcio
YPF 45%, Shell Argentina 45%, GyP 10%
Tipo
Onshore
Subsector
Convencional
Estado
Explotación

Origen del capital

Origen capital (país)
Argentina
Estatal o privado
Mixto
Nacional

Pueblos Indígenas afectados

Pueblo Indígena
Mapuche
Referencia
Mapuche

Regulación provincial

El marco hidrocarburífero de Neuquén establece que los yacimientos de hidrocarburos pertenecen al patrimonio provincial y que el Poder Ejecutivo tiene facultades sobre el otorgamiento de permisos y concesiones. La Ley Provincial 2453/04 regula la exploración, explotación, transporte e industrialización de hidrocarburos, estableciendo los principales regímenes de permisos y concesiones, sus plazos, obligaciones de inversión, cánones y una regalía general del 12% sobre la producción en boca de pozo, reducible en determinados casos. La aplicación de este régimen corresponde a la autoridad provincial competente en materia energética. El Decreto 2183/2021 reafirma estas competencias y establece al Ministerio de Energía y Recursos Naturales como autoridad de aplicación y fiscalización de la actividad.

En materia de emisiones atmosféricas, la Ley 2175/96 establece límites para las emisiones de gases de la actividad hidrocarburífera, obligaciones de declaración y un régimen de tasas y sanciones por contaminación. El Decreto 29/2001 reglamenta esta ley y establece requisitos técnicos de medición y registro de los gases emitidos, así como excepciones específicas y transitorias al venteo cuando existan razones técnicas o económicas debidamente justificadas. Los operadores deben contar con sistemas de medición y conservar los registros a disposición de la autoridad de aplicación.

Para la explotación de reservorios no convencionales, el Decreto 1483/2012, incorporado a la reglamentación de la Ley Ambiental 1875, establece requisitos específicos para prevenir y mitigar impactos ambientales asociados a la estimulación hidráulica. Exige una licencia ambiental previa y documentación sobre el uso y tratamiento de los fluidos de estimulación y del agua de retorno (flowback). Asimismo, restringe el uso de aguas subterráneas aptas para consumo o riego, prohíbe el vertido o almacenamiento a cielo abierto del flowback, exige su tratamiento y establece medidas para reducir impactos sobre el suelo, el agua, el ruido y el uso del territorio. Los operadores también deben realizar controles fisicoquímicos del agua de retorno y presentar periódicamente su planificación de perforaciones.

Financiamiento

La estructura de la deuda financiera de YPF está integrada por los siguientes instrumentos: Obligaciones Negociables (ON): Constituyen la fuente principal, representando aproximadamente el 78% de la deuda financiera total. Al cierre de 2025, el valor en libros de las ON en moneda extranjera era de $13.098.347 millones de pesos (sumando porción corriente y no corriente). Préstamos Bancarios y otras financiaciones: Representan cerca del 21% del total. Incluyen préstamos financieros, prefinanciaciones de exportaciones y financiaciones de importaciones. Otros instrumentos: El remanente se compone de pagarés bursátiles y adelantos en cuenta corriente. En términos de moneda, el 98,7% de la deuda está denominada en dólares estadounidenses. La tasa de interés promedio ponderada de esta deuda se sitúa en un 6,7%.

Riesgos socio-ambientales

La explotación no convencional de hidrocarburos en Vaca Muerta mediante fractura hidráulica (fracking) presenta diversos riesgos socioambientales asociados al elevado consumo de agua, la integridad de los pozos, la gestión de residuos y sustancias químicas y la transformación del territorio. Entre los principales impactos potenciales se encuentran la presión sobre los recursos hídricos y el riesgo de contaminación de aguas superficiales y subterráneas por derrames, fallas en la integridad de los pozos o una gestión inadecuada del *flowback* y del agua de producción. La actividad también genera grandes volúmenes de lodos y recortes de perforación que requieren tratamiento y disposición adecuados. A ello se suman emisiones atmosféricas y de gases de efecto invernadero, remoción de vegetación, compactación y erosión de suelos y una creciente ocupación territorial asociada a pozos, caminos, ductos e infraestructura de apoyo. Asimismo, la inyección de fluidos y la disposición de aguas residuales pueden contribuir a la ocurrencia de sismicidad inducida, fenómeno que ha adquirido particular relevancia en localidades como Sauzal Bonito.

En el plano social, la expansión de Vaca Muerta ha generado tensiones vinculadas con el uso y ocupación del territorio, particularmente en áreas donde existen comunidades mapuches y otros actores locales, en el marco de reclamos por la realización de procesos de consulta previa, libre e informada. También se han señalado posibles efectos sobre la salud de las poblaciones expuestas a emisiones, sustancias químicas y contaminación ambiental, aunque la falta de estudios epidemiológicos sistemáticos limita la posibilidad de establecer relaciones causales y dimensionar estos impactos con precisión. El rápido crecimiento de la actividad hidrocarburífera ha ejercido, además, presión sobre las economías y los servicios locales: en localidades como Añelo se registran aumentos del costo de vida, déficit habitacional y sobrecarga de los sistemas de salud, educación, agua y saneamiento, junto con un fuerte incremento del tránsito pesado y el consecuente deterioro de rutas e infraestructura. Estos procesos pueden profundizar las desigualdades entre trabajadores vinculados al sector y el resto de la población local y generar nuevas situaciones de conflictividad territorial y social.

Fuente consultada

Litigios preexistentes

Fallo histórico sobre la Cuenca Neuquina (ASSUPA):

La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda ambiental contra empresas que operan en la formación Vaca Muerta, al considerar que durante más de dos décadas de trámite judicial no se acreditó la existencia de un daño ambiental concreto. La causa había sido iniciada en 2003 por parte de la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (Assupa) contra las empresas petroleras YPF, Pampa Energía, Chevron, Pluspetrol, TotalEnergies, Pan American Energy y Vista Energy. También participaron como terceros el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

Assupa reclamaba que las empresas realizaban tareas de recomposición ambiental por presuntos daños sobre suelos, aguas superficiales y subterráneas y el aire, además de restaurar áreas afectadas por la actividad hidrocarburífera y constituir un fondo de restauración ambiental previsto en la Ley General de Ambiente.

La sentencia señalo que la ONG formuló cuestionamientos genéricos contra la actividad hidrocarburífera “en cualquiera de sus formas”, sin determinar qué zonas específicas habrían sido afectadas ni cómo se habría producido la contaminación. Los jueces remarcaron además que, a lo largo del proceso, la Corte había advertido en reiteradas ocasiones sobre la “vaguedad e imprecisión” de la demanda.

En agosto de 2023, la empresa francesa Total Austral fue intimada por la provincia de Neuquén por el no pago de servidumbre. Ante ello, la empresa petrolera se negó a pagar; por lo que le iniciaron una demanda y esta contraoferta con una acción judicial ante la Corte Suprema. Finalmente, las acciones legales emprendidas por la provincia y las petroleras quedaron bajo una campana y ambas partes alcanzaron un acuerdo transaccional con el propósito de resolver la controversia. Mediante el fiscal de Estado de Neuquén, Raúl Gaitán, se llegó a un acuerdo con Total, en el que la petrolera reconoce que le debe $75 millones a la provincia como “única y total compensación” por los períodos reclamados. Por su parte, el gobernador Omar Gutiérrez y el ministro de Energía, Alejandro Monteiro, ratificaron el acuerdo mediante el decreto 1433/23.