Descripción
El área hidrocarburífera La Yasera es un bloque de exploración y explotación de petróleo y gas ubicado en la provincia de Río Negro, aproximadamente a 10km al este de la ciudad de Cipolletti y al sur del Lago Pellegrini. El área tiene una superficie aproximada de 73,68km” y forma parte del remanente del antiguo permiso CNQ-27 Río Negro Norte. A marzo de 2026, el proyecto se encuentra en una fase de optimización de la producción convencional y explotación de objetivos profundos. El proyecto incluye planta de tratamiento de crudo y gas que conectan con el sistema troncal de evacuación de la cuenca. El plan estratégico de Capex para 2025-26 en La Yesera se centra en la extensión de la vida útil del yacimiento mediante la perforación de pozos de avanzada y el workover (reparación) de pozos existentes para frenar el declive natural. Su fin último es incrementar la producción regional de petróleo y gas en la cuenca neuquina rionegrina.
Fuentes consultadas
Identificación
- Yacimiento
- La Yesera
- Consorcio
- Capex SA 37,5%, YPF SA 35%, International Finance Corporation (IFC) 15%, Metro Holding SA 12,5%
- Tipo
- Onshore
- Subsector
- Convencional
- Estado
- Explotación
Origen del capital
- Origen capital (país)
- Argentina
- Estatal o privado
- Privado
- Nacional
Pueblos Indígenas afectados
- Pueblo Indígena
- Mapuche
- Referencia
- Mapuche
Regulación provincial
El marco regulatorio hidrocarburífero de Río Negro reconoce el dominio provincial sobre los yacimientos y otorga al Poder Ejecutivo amplias facultades para otorgar, prorrogar y fiscalizar permisos y concesiones. La normativa busca promover la producción y la recuperación de pozos de baja productividad e inactivos, al tiempo que establece condiciones para la prórroga de concesiones, incluyendo inversiones, aportes económicos, un mínimo del 80% de mano de obra y proveedores locales y compromisos de desarrollo comunitario. Asimismo, la Ley N.º 3829 establece obligaciones de abastecimiento de petróleo y gas a empresas elaboradoras de derivados, mientras que la Ley N.º 5594 y el Decreto N.º 563/2025 regulan y fortalecen el control provincial sobre el transporte de hidrocarburos por ductos y su infraestructura asociada, mediante requisitos técnicos, planes de integridad, inspecciones, reportes de incidentes y pagos por desarrollo territorial y fiscalización.
En materia ambiental, la regulación establece obligaciones específicas de prevención, control y remediación. La Ley N.º 4682 crea un Plan de Remediación Ambiental para atender pasivos y daños derivados de la actividad hidrocarburífera, cuya ejecución y financiamiento corresponden a las empresas operadoras, e incorpora mecanismos de denuncia ciudadana. Por su parte, el Decreto N.º 462/2005 clasifica la actividad como de “alto riesgo presunto”, exige la inscripción en un registro ambiental, la presentación de estudios de impacto ambiental y el reporte de incidentes. En conjunto, el régimen combina promoción de la producción y desarrollo local con obligaciones de gestión ambiental, seguridad, remediación y fiscalización, con sanciones que pueden incluir multas y la caducidad de concesiones ante incumplimientos graves o reiterados.
Financiamiento
Estructura de la deuda financiera. Al cierre de julio de 2025, la deuda financiera total de CAPEX ascendía a aproximadamente USD 494 millones. El 86% correspondía a Obligaciones Negociables (ON), entre las que se destacaba la Clase V internacional por USD 141,6 millones, mientras que el 14% restante correspondía a préstamos bancarios y otras obligaciones. A mediados de 2025, la deuda bancaria remanente era reducida (USD 0,8 millones), aunque en febrero de 2026 la compañía incorporó un préstamo de BBVA por USD 28,5 millones, a una tasa anual del 7,45% y con vencimiento a 36 meses. Asimismo, mantiene líneas de crédito disponibles por aproximadamente USD 400 millones. En diciembre de 2025 emitió las ON Clase XII por un monto de entre USD 50 y 80 millones, destinadas principalmente a refinanciar deuda previa.
Acreedores y perfil de vencimientos. El mercado de capitales constituye la principal fuente de financiamiento de la compañía, a través de los tenedores de ON. La estructura presenta una concentración relevante de vencimientos en el corto y mediano plazo, con aproximadamente USD 147,7 millones de capital a cancelar en 2026 y USD 159,7 millones en 2027, lo que genera una necesidad significativa de refinanciación. En el segmento bancario, BBVA se incorporó como uno de los principales acreedores tras el préstamo otorgado en febrero de 2026. En el desarrollo de sus proyectos no convencionales, CAPEX cuenta además con acuerdos de farm-out con Trafigura y Schlumberger para el área Agua del Cajón.
Estructura y perfil del negocio. CAPEX es una compañía energética integrada, con actividades en petróleo y gas, generación eléctrica y energías renovables. El segmento de petróleo y gas representa aproximadamente el 77% de sus ingresos; la compañía opera seis áreas, entre ellas Agua del Cajón y Pampa del Castillo, y se encuentra entre los principales productores de crudo convencional del país. La generación eléctrica representa alrededor del 17% de los ingresos y se concentra en la Central Térmica Agua del Cajón, de 672 MW, abastecida principalmente con gas propio. Complementariamente, la compañía cuenta con activos de generación renovable, incluidos parques eólicos y el parque solar La Salvación, de 20 MW, y proyecta el desarrollo de un parque solar de 30 MW en Agua del Cajón. El control accionario corresponde a la familia Götz, a través de CAPSA, que posee aproximadamente el 74,8% del capital.
A julio de 2025 registraba un EBITDA de aproximadamente USD 134 millones y un margen operativo del 37,9%, mientras que el ratio de deuda neta sobre EBITDA se ubicaba en 3,4x. FIX estima un programa de inversiones de entre USD 300 y 400 millones para los próximos tres años, con foco en el desarrollo no convencional de Agua del Cajón y el incremento de la producción de crudo. La compañía presenta, no obstante, una posición de liquidez ajustada, con un ratio de liquidez de 0,8x respecto de la deuda de corto plazo, por lo que la gestión y refinanciación de los vencimientos de ON de 2026 y 2027 constituye un factor relevante para su perfil financiero.
Fuentes consultadas
Disponibilidad de los estudios de impacto ambiental
Si, disponible.
Fuente consultada
Riesgos socio-ambientales
La explotación de hidrocarburos convencionales en la cuenca neuquina genera un deterioro ecológico multifacético que afecta el agua, el suelo, la flora y la fauna, comprometiendo la sustentabilidad de la región. Este deterioro se manifiesta de las siguientes maneras:
1. Contaminación de Recursos hídricos: uno de los impactos más críticos es la afectación de las napas freáticas y los cursos de aguas superficiales.
- Acuíferos: el uso de piletas de purga sin recubrimiento ni impermeabilización ha provocado que los efluentes y la gasolina se filtren directamente al flujo subterráneo.
- Ríos: los derrames de petróleo, como el de más de 300.000 litros ocurrido en 1997, han contaminado el río Colorado, afectando el suministro de agua potable en localidades como Rincón de los Sauces y obligando a interrumpir el riego en zonas agrícolas.
2. Degradación de suelos y desertificación: la infraestructura necesaria para la actividad hidrocarburífera altera profundamente al terreno:
- Desertificación: la construcción de gasoductos, oleoductos y pozos requiere grandes movimientos de tierra que conllevan el aplastamiento de la cobertura vegetal, lo que favorece procesos de desertificación.
- Salinización: los derrames de "agua de purga" o flowbacks han dejado una cantidad importante de parcelas agrícolas irrecuperables debido al alto porcentaje de salinización que producen.
3. Impacto en la flora y la fauna: el ecosistema sufre daño directos que afectan la cadena biológica:
- Vegetación: la actividad contaminante e intrusiva merma la cubierta vegetal. Además, la contaminación deposita una "pátina grasosa" sobre las plantas, disminuyendo su calidad alimenticia, lo que dificulta que los animales aumenten de peso o se reproduzcan.
- Fauna y ganadería: se han registrado muertes de animales en pocas horas tras beber agua contaminada con sustancias petroquímicas en las piletas excavadoras por las empresas. Asimismo, se reportan daños generales a la fauna silvestre de la zona.
4. Residuos tóxicos y riesgos químicos: el deterioro se ve agravado por el manejo de sustancias peligrosas.
- Productos químicos: para el proceso de deshidratación del petróleo crudo se utilizan productos químicos de gran toxicidad y altamente cancerígenos.
- Metales pesados: informes sanitarios han detectado altas concentraciones de mercurio y plomo en la población debido al contacto permanente con residuos tóxicos e inhalación de gases.
Fuente consultada
Litigios preexistentes
Fallo histórico sobre la Cuenca Neuquina (ASSUPA):
La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda ambiental contra empresas que operan en la formación Vaca Muerta, al considerar que durante más de dos décadas de trámite judicial no se acreditó la existencia de un daño ambiental concreto. La causa había sido iniciada en 2003 por parte de la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (Assupa) contra las empresas petroleras YPF, Pampa Energía, Chevron, Pluspetrol, TotalEnergies, Pan American Energy y Vista Energy. También participaron como terceros el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.
Assupa reclamaba que las empresas realizaban tareas de recomposición ambiental por presuntos daños sobre suelos, aguas superficiales y subterráneas y el aire, además de restaurar áreas afectadas por la actividad hidrocarburífera y constituir un fondo de restauración ambiental previsto en la Ley General de Ambiente.
La sentencia señalo que la ONG formuló cuestionamientos genéricos contra la actividad hidrocarburífera “en cualquiera de sus formas”, sin determinar qué zonas específicas habrían sido afectadas ni cómo se habría producido la contaminación. Los jueces remarcaron además que, a lo largo del proceso, la Corte había advertido en reiteradas ocasiones sobre la “vaguedad e imprecisión” de la demanda.
Fuentes consultadas