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Proyecto sísmico Shell

SHELL ARGENTINA S.A.

N/A (offshore Exploración Sísmica)OffshoreArgentina NorteBuenos AiresMar del PlataExploración

1

(US$ MM)

240

Empleo total (empresa)

Exploración

Estado

Acumulado 2013-2024, según declaraciones de las empresas.

En esta página (10)

Descripción

El bloque CAN_107 es un área de exploración petrolera costa afuera en el Mar Argentino, ubicado a más de 190km de la costa de Mar de Plata en la Cuenca Argentina Norte. Este cuenta con una superficie aproximada de 8.341,35km2, ubicado dentro de las 200 millas marinas de la Zona Económica Exclusiva Argentina. Respecto a su operación, este fue comendado por Shell junto a su socio Qatar Petroleum. A principios de 2025 finalizó una campaña de sísmica 3D de 120 días operada por el buque PXGEO 2. Este proyecto presentaba como objetivo central caracterizar el subsuelo marino a través de ondas acústicas para identificar reservorios de petróleo o gas comercialmente explotables. La iniciativa buscaba obtener mapas tridimensionales de alta resolución en formaciones geológicas que podrían presentar mejores condiciones que las halladas en áreas previas como el pozo Argerich-I. Sin embargo, en marzo de 2026, Shell devolvió el bloque al Estado Nacional tras no hallar resultados geológicos comerciales ni material hidrocarburífero alentados en las prospecciones sísmicas. De esta forma, la Secretaría de Energía oficializó la extinción del permiso exploratorio mediante la Resolución 73/2026.

Identificación

Yacimiento
CAN_107
Consorcio
Shell 60%; Qatar Petroleum 40%
Tipo
Offshore
Subsector
N/A (offshore Exploración Sísmica)
Estado
Exploración

Origen del capital

Origen capital (país)
Reino Unido / Países Bajos
Estatal o privado
Privado
Extranjero

Pueblos Indígenas afectados

Pueblo Indígena
Pueblos costeros
Referencia
Pueblos costeros

Regulación provincial

La exploración y explotación de hidrocarburos hasta las 12 millas marinas corresponde a las provincias, mientras que más allá de las 12 millas la jurisdicción es nacional. Dado que los proyectos de Equinor y Shell en la Cuenca Argentina Norte (CAN) se ubican a más de 300 km de la costa bonaerense, su regulación es predominantemente nacional. El marco principal está conformado por la Ley 17.319 de Hidrocarburos, la Ley 26.197, la Ley General del Ambiente 25.675 y, específicamente para actividades offshore, la Resolución Conjunta SE-SAyDS N° 3/2019, que establece el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Provincia de Buenos Aires mantiene competencia sobre la franja costera, las primeras 12 millas y las eventuales instalaciones o actividades en tierra. En este ámbito, la norma ambiental central es la Ley 11.723, que exige Declaración de Impacto Ambiental para actividades susceptibles de generar impactos ambientales, incluida la exploración y explotación de hidrocarburos. Se complementa con normativa provincial sobre recursos hídricos, protección de cuerpos de agua, reservas naturales, paisajes protegidos y radicación industrial.

Financiamiento

Citibank constituye el principal acreedor financiero de la compañía, concentrando prácticamente la totalidad de la deuda bancaria. Por su parte, Naldo Lombardi S.A. y Banco Galicia presentan una participación marginal en el financiamiento bancario.

Fuente consultada

Disponibilidad de los estudios de impacto ambiental

No se encuentra disponible

Riesgos socio-ambientales

La expansión de la actividad offshore plantea diversos riesgos socioeconómicos y territoriales para las actividades que actualmente se desarrollan en la costa bonaerense. En primer lugar, existe una potencial afectación sobre la actividad pesquera, dado que las áreas de exploración se superponen con zonas relevantes para la reproducción y alimentación de especies de valor comercial. El uso de tecnología sísmica puede alterar el comportamiento y desplazamiento de especies como la merluza y el calamar, con posibles efectos sobre los niveles de captura y, consecuentemente, sobre los ingresos y el empleo asociados a la pesca. En este sentido, durante las audiencias públicas distintos representantes del sector pesquero manifestaron su preocupación y señalaron antecedentes de disminuciones significativas en las capturas luego de operaciones sísmicas.

Asimismo, la actividad offshore podría generar impactos sobre el turismo y la imagen de la costa bonaerense. Más allá de la ocurrencia efectiva de un derrame, la percepción de un mar potencialmente contaminado o la posibilidad de accidentes puede afectar la valoración turística de la región y desalentar la demanda, con consecuencias para sectores como la hotelería, la gastronomía y los servicios vinculados. En particular, las organizaciones sociales han advertido sobre los potenciales efectos de un eventual derrame sobre el litoral bonaerense.

Otro aspecto relevante se relaciona con la generación de empleo local. Si bien la industria presenta la creación de puestos de trabajo como uno de sus principales beneficios, parte de la documentación de los proyectos reconoce que las actividades requieren personal altamente especializado, que en algunos casos debe ser contratado en el exterior. Por lo tanto, los beneficios en términos de empleo e ingresos para las comunidades locales podrían resultar más acotados de lo esperado, especialmente durante las etapas exploratorias.

La incorporación de la actividad petrolera también introduce conflictos por el uso del espacio marítimo, que actualmente es compartido por distintas actividades económicas y ambientales. La superposición de proyectos offshore y su interacción con la pesca y las actividades portuarias han generado cuestionamientos respecto de la necesidad de evaluar los impactos acumulativos y sinérgicos. A ello se suma una participación ciudadana que, si bien constituye una instancia formal del proceso de evaluación ambiental, no tiene carácter vinculante, lo que puede profundizar los conflictos sociales y la percepción de falta de consideración de los intereses de las comunidades potencialmente afectadas.

Finalmente, existe un riesgo de carácter más estructural asociado a la dependencia de una industria fósil en un contexto de transición energética global. La realización de inversiones de largo plazo en infraestructura petrolera podría generar exposición al riesgo de activos varados, en caso de que una menor demanda futura de combustibles fósiles reduzca la rentabilidad o el valor de dichas inversiones antes de que sean plenamente amortizadas. Desde esta perspectiva, las inversiones destinadas al desarrollo offshore también implican un costo de oportunidad frente a la posibilidad de orientar recursos hacia actividades vinculadas con energías renovables y otros sectores compatibles con una transición energética de largo plazo.

Fuente consultada

Litigios preexistentes

El proyecto Argerich enfrentó una acción judicial específicamente vinculada con la perforación del pozo exploratorio Argerich-1, ubicado en el bloque CAN_100 y operado por el consorcio integrado por Equinor, YPF y Shell. La causa, caratulada “Fundación Greenpeace Argentina y otros c/ Estado Nacional de la República Argentina y otros s/ amparo ambiental” (Expediente N.º 05/2022), fue iniciada por organizaciones ambientalistas, entre ellas Greenpeace, que solicitaron como medida cautelar la suspensión inmediata de las actividades de perforación. Los demandantes sostuvieron que las actividades previstas en el bloque CAN_100 podían generar daños graves e irreversibles sobre una zona de elevada productividad fitoplanctónica, considerada un componente fundamental de la cadena trófica del ecosistema marino argentino. Asimismo, cuestionaron la constitucionalidad de diversos decretos y resoluciones que habilitaron el proyecto y alegaron deficiencias en la evaluación de sus impactos ambientales.

En primera instancia, el juez Santiago José Martín, titular del Juzgado Federal N.º 2 de Mar del Plata, rechazó la medida cautelar. Consideró que los principales cuestionamientos planteados involucraban cuestiones de fondo que debían ser analizadas en la sentencia definitiva y señaló que la impugnación de los informes técnicos requería una instancia probatoria, particularmente la realización de una pericia que no se encontraba incorporada a la causa. Posteriormente, el 10 de mayo de 2024, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó el rechazo de la medida cautelar. El tribunal sostuvo un criterio restrictivo respecto de la procedencia de la medida y destacó la presunción de legitimidad de los actos de la Administración Pública. Asimismo, consideró que algunos de los cuestionamientos formulados excedían el ámbito propio de la acción de amparo y señaló que la definición de políticas públicas, incluida la política energética, corresponde a los poderes políticos del Estado y no al Poder Judicial. De este modo, la decisión judicial no suspendió las actividades de perforación, permitiendo la continuidad del proyecto. Según la información disponible, este aspecto de la resolución se encuentra firme.

Fuente consultada

Conflictos socioambientales

El proyecto generó un intenso debate público debido a las potenciales afectaciones sobre la fauna marina, en particular sobre la ballena franca austral (Eubalaena australis). El Instituto de Conservación de Ballenas (ICB) y otros organismos científicos alertaron sobre la superposición de las áreas de exploración con zonas críticas para el ciclo de vida de las ballenas. Investigaciones desarrolladas durante más de cincuenta años por el Programa de Investigación Ballena Franca Austral demostraron que la Cuenca Argentina Norte constituye un área de alimentación relevante para esta especie, no una mera zona de paso .

Las evidencias que sustentan esta afirmación incluyen: Registros históricos de caza ballenera entre 1760 y 1920, que muestran capturas en la zona durante los meses de verano, cuando las ballenas se alimentan. Datos de cacería ilegal soviética en la década de 1960, con más de mil trescientas ballenas capturadas en noviembre y diciembre de 1961 en la misma región. Los ejemplares cazados eran hembras preñadas con sus estómagos llenos de alimento.Seguimiento satelital de individuos realizado a través del proyecto colaborativo "Siguiendo Ballenas", que evidencia el uso del área para alimentación .

Análisis de isótopos estables en muestras de piel, que revelaron que más del 20% de la población de ballenas francas de Península Valdés presenta señales químicas de alimentación propias de la plataforma continental, incluyendo la zona de estudio. www.ballenas.org.ar