Descripción
Puesto Quiroga es un área de explotación convencional madura de la Cuenca del Golfo San Jorge, en la provincia de Chubut. Identificada como Área CGSJ-18, su concesión de explotación fue otorgada en 1992 y posteriormente quedó integrada al conjunto de activos operados por Tecpetrol junto con El Tordillo y La Tapera. Se trata de un área de menor escala productiva que El Tordillo, cuyo desarrollo reciente estuvo orientado a ampliar el horizonte de reservas mediante nuevos pozos y proyectos de recuperación de hidrocarburos. En 2021, Tecpetrol presentó el proyecto de desarrollo de reservas “La Tapera–Puesto Quiroga”, que contemplaba nuevas perforaciones en Puesto Quiroga y Puesto Quiroga Oeste y obtuvo un régimen promocional que redujo al 6% las regalías aplicables durante diez años a la producción incremental proveniente de los nuevos pozos. En 2025 se produjo un cambio significativo en la titularidad: Tecpetrol, Pampa Energía e YPF fueron autorizadas a ceder el 100% de sus participaciones a Crown Point Energía. La nueva titular deberá continuar con los compromisos de actividad e inversión establecidos para el área, en el marco de un programa que contempla nuevas perforaciones y workovers durante 2026-2028.
Fuente consultada
Identificación
- Yacimiento
- Puesto Quiroga
- Consorcio
- No disponible
- Tipo
- Onshore
- Subsector
- Convencional
- Estado
- Explotación
Origen del capital
- Origen capital (país)
- Argentina
- Estatal o privado
- Privado
- Nacional
Pueblos Indígenas afectados
- Pueblo Indígena
- Mapuche / Mapuche Tehuelche
- Referencia
- Mapuche Mapuche Tehuelche
Regulación provincial
La actividad hidrocarburífera en Chubut se encuentra regulada principalmente por la Ley XVII N° 102 (Hidrocarburos), modificada por la Ley XVII N° 154/2024, que establece el dominio provincial sobre los yacimientos y regula su exploración, explotación y adjudicación. La normativa se complementa con el Decreto 91/2013 y otras disposiciones vinculadas a la promoción de la actividad. En el caso específico de Pampa del Castillo–La Guitarra, la concesión se rige por los Decretos 318/18 y 512/18 y fue transferida a Capex; el Decreto 556/2024 establece su vencimiento el 1 de noviembre de 2046, mientras que la Resolución CONC. 1649 autorizó la operación de concentración económica vinculada con la adquisición del área. Asimismo, el Decreto 33/2022 incorpora proyectos de recuperación terciaria al régimen de fomento y permite, en determinados casos, reducir las regalías al 6% sobre la producción incremental.
En materia ambiental, resulta aplicable la Ley XI N° 35 (Código Ambiental de Chubut), junto con el Decreto 185/09, que establece el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y audiencia pública. La regulación se complementa con los Decretos 1003/16 y 1005/16 sobre residuos petroleros, el Decreto 1540/16 sobre protección de aguas y aire y vertidos, el Decreto 1151/15 sobre incidentes ambientales y la Resolución 58/2024 sobre emisiones de metano del sector hidrocarburífero. En materia hídrica, son aplicables la Ley XVII N° 53 (Código de Aguas), la Ley XVII N° 88 (Política Hídrica Provincial) y el Decreto 1567/09, que establece el Registro Hidrogeológico Provincial.
Financiamiento
Crown Point Energía S.A. (CPESA) presenta una estructura de financiamiento basada principalmente en obligaciones negociables, complementada por deuda bancaria de corto plazo, aportes de capital y préstamos de sus accionistas. A junio de 2026, las principales ON vigentes eran las Clases VI (USD 22 millones), VII (USD 25 millones) y IX (USD 30 millones), con vencimientos entre 2027 y 2029. Algunas emisiones cuentan con garantías sobre créditos provenientes de la producción de sus áreas petroleras, mientras que otras son no garantizadas. La compañía también dispone de nuevas emisiones autorizadas por hasta USD 80 millones, destinadas en parte a refinanciar deuda existente.
Un rasgo distintivo de su estructura es el respaldo financiero de sus accionistas. En noviembre de 2025, Liminar Energía otorgó un préstamo de USD 30 millones para financiar la adquisición de las áreas El Tordillo–La Tapera–Puesto Quiroga, que posteriormente fue cancelado mediante un aporte irrevocable de capital de Crown Point Energy Inc. en julio de 2026. Este mecanismo de financiamiento intragrupo ha sido utilizado para financiar adquisiciones estratégicas y posteriormente fortalecer el patrimonio. A junio de 2026, la deuda ajustada ascendía a aproximadamente USD 179 millones, incluyendo compromisos fuera de balance, frente a USD 139 millones de deuda financiera en libros. En este contexto, la compañía presenta un elevado apalancamiento, aunque parcialmente mitigado por el respaldo patrimonial de sus accionistas controlantes.
Fuentes consultadas
Disponibilidad de los estudios de impacto ambiental
No se encuentran disponibles
Riesgos socio-ambientales
Los yacimientos analizados en la Cuenca del Golfo San Jorge comparten un conjunto de riesgos ambientales y sociales que, en gran medida, responden a características estructurales propias de la región y del tipo de explotación hidrocarburífera desarrollada. En este sentido, dichos riesgos no son exclusivos de un operador en particular, sino que resultan inherentes a la producción convencional onshore en campos maduros, lo que permite considerarlos como riesgos a nivel de cuenca.
Desde el punto de vista ambiental, uno de los principales riesgos está asociado a la posible contaminación de suelos y aguas subterráneas, derivada de derrames de hidrocarburos, fallas en la integridad de los pozos o deficiencias en la gestión de efluentes. Este riesgo se ve acentuado en campos maduros, donde la infraestructura presenta mayores niveles de desgaste y requiere intervenciones constantes. Asimismo, la gestión de pasivos ambientales —incluyendo pozos abandonados o instalaciones en desuso— constituye un desafío relevante en términos de remediación y monitoreo a largo plazo.
Otro aspecto significativo es el de las emisiones atmosféricas, en particular la liberación de metano y otros gases de efecto invernadero asociados a la operación de los yacimientos. Si bien se trata de desarrollos convencionales, las ineficiencias operativas en campos maduros pueden incrementar la huella de carbono, especialmente en contextos de baja inversión. A ello se suma el impacto sobre el suelo y la biodiversidad, vinculado a la ocupación territorial, la fragmentación del hábitat y la presencia de infraestructura dispersa.
Fuentes consultadas